En el mes de noviembre de 2025 se tuvo la prestigiosa participación del decano adjunto de la Facultad de Derecho y Economía, el Mg. Fernando Lossio Vargas, quien en una reciente nota del diario La República ofreció importantes precisiones respecto al próximo depósito del segundo pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), que se realizará en el país durante noviembre del mismo año.
El artículo destacó que este abono a los trabajadores formales generó gran expectativa, dado que se trata de un mecanismo de respaldo económico clave en escenario de desempleo. Según el decano Lossio Vargas, el espíritu original de la CTS fue actuar “como un seguro desempleo” para el trabajador formal, constituyéndose como parte integral de su remuneración total.
A su vez, recordó que no todos los regímenes laborales acceden al pago completo de la CTS resaltando que: “La CTS completa, como la conocemos, que es un sueldo en el año dividido en dos partes, solamente es en el régimen general. Por ejemplo, hay trabajadores del sector público que no tienen derecho a la CTS… Hay regímenes laborales, como puede ser un régimen MYPE, que tampoco tienen derecho a una CTS completa”. Además, precisó que modalidades como el trabajo a media jornada (part-time) tampoco acceden al beneficio.
Respecto al tiempo mínimo laborado para acceder al segundo pago de la CTS, explicó que debe haberse trabajado al menos 30 días en el periodo correspondiente: “Si yo voy a recibir la CTS que recibo el 15 de noviembre es por mi periodo de trabajo, que es, por ejemplo, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, son seis meses. Los seis meses que yo he trabajado en esas fechas me dan derecho a tener una CTS”.
Asimismo, manifestó que de acuerdo con la vigente Ley N.º 32322, los trabajadores podrán disponer libremente del importe de la CTS depositada. Así, el decano alentó a que este beneficio sea utilizado con prudencia y con el fin que originalmente tuvo: “No desvirtuar el espíritu, es decir, que sea un ahorro que nos sirva para situaciones reales, desempleo o alguna otra que se presente”. Adicionalmente, sugirió que ese dinero podría invertirse pensando en una fuente de ingresos futura, en lugar de emplearse únicamente como gasto.
Por último, recordó que el cálculo de la CTS se realiza de modo que se considera la remuneración computable (sueldo básico, asignación familiar, promedio de pagos variables) multiplicada por los días laborados en el semestre y dividida entre 360.
Por lo señalado, la Universidad Científica del Sur reafirma su compromiso con la generación y difusión de análisis rigurosos que aportan al entendimiento pleno de temas económicos y sociales relevantes para el país. La participación activa del Mg. Fernando Lossio Vargas, decano adjunto de la Facultad de Derecho y Economía, fortalece este propósito, al brindar claridad y conocimiento técnico que benefician a la sociedad peruana y particularmente a los trabajadores formales.
Desde la Facultad de Derecho y Economía, extendemos un especial reconocimiento y felicitaciones al Mg. Lossio Vargas por su valioso aporte académico y compromiso con el bienestar laboral. Su intervención ejemplifica el rol fundamental de nuestros docentes en el debate público, promoviendo seguridad y conocimiento técnico que fortalecen el respeto a los derechos laborales.